OE_Moreno Sanchez Rubi Esmeralda
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AGENDA AMBIENTAL
La región Ixmiquilpan se caracteriza por la presencia de diversas actividades sectoriales que
inciden de forma directa e indirecta en el estado y calidad de los recursos naturales. En la
región se manifiestan actividades sectoriales relacionadas con la explotación y
aprovechamiento de recursos hasta aquellas relacionadas con la generación de energía y la
refinación de petróleo. Esta amplia gama de actividades propicia que el manejo de los
recursos naturales de la región se lleve a cabo de diferentes formas y que por lo tanto, las
relaciones socioambientales sean complejas. Sin embargo, existe una estrecha relación
entre las condiciones ambientales de la región y la naturaleza de las actividades productivas
existentes, de modo tal que el análisis causa-efecto necesario para entender la
problemática ambiental de la región está basado en las características de las actividades
que cada uno de los sectores productivos realizan.
BITACORA AMBIENTAL
Las politicas ambientales consideradas para la generación del Ordenamiento ecológico son:
Artículo 3. Las estrategias, políticas y criterios contenidos en el presente Ordenamiento Ecológico Territorial de la región de Ixmiquilpan, serán de observancia obligatoria para las dependencias, organismos gubernamentales, organismos no gubernamentales e iniciativa privada.
Artículo 6. Los municipios de Actopan, el Arenal, Cardonal, Chilcuautla, Francisco I. Madero, Ixmiquilpan, Mixquiahuala de Juárez, Progreso de Obregón, San Salvador, Santiago de Anaya y Tasquillo, en coordinación con la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, se encargaran de vigilar, promover, concretar y desarrollar acciones con los sectores social, público y privado para su observancia.
Artículo 7. Los municipios comprendidos en la región de estudio con asesoría técnica de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, evaluarán el seguimiento de las acciones que realicen los diversos sectores en pro de la restauración, protección, conservación y aprovechamiento racional de los recursos naturales. Artículo 8. La Secretaría de Contraloría y Transparencia Gubernamental del Gobierno del Estado, vigilará en el ámbito de sus atribuciones el cumplimiento de las obligaciones derivadas de las disposiciones contenidas en este Decreto
Artículo 9. El programa de Ordenamiento Ecológico Territorial de la Región de Ixmiquilpan, servirá como referencia para los estudios de Ordenamiento Ecológico territorial municipal, considerando las condiciones ambientales de cada municipio y sus actividades productivas. Artículo 10. Las autorizaciones y modificaciones del programa de Ordenamiento Ecológico Territorial de la Región de Ixmiquilpan, sólo podrán hacerse mediante nuevos estudios técnicos realizados en las escalas mayores por especialistas a través de los municipios que lo conforman y de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales
COMITE
El comité para el Programa de Ordenamiento Ecológico de la
Región de Ixmiquilpan se integra de conformidad con las atribuciones y la
estructura que se establecen en los artículos 69 y 70 del Capítulo Noveno del
Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al
Ambiente en materia de Ordenamiento Ecológico, asi como en las previsiones
contenidas en el Contrato de Prestación de Servicios respectivo.
CONVENIO
La elaboración de este Ordenamiento Ecológico fue posible principalmente gracias a la Secretaria del Medio Ambiente y Recursos Naturales, no obstante, existe la participación de más entidades representativas para la convergencia ecológica y territorial como lo son: SEDESU, CEA, PEPMADU, PROFEPA, CONAFOR, SEDEA, PEPMADU, SEDESOL, CDI, CONAGUA, SECTUR, SDUOP.